ELECCIONES
La duración de los cargos de Junta de Gobierno es de cuatro años, renovándose, por su mitad, cada dos años.
Son electores todos los colegiados con antigüedad superior a seis meses.
Son elegibles los colegiados con dos años, al menos, de antigüedad en la colegiación siempre que estén al corriente en sus obligaciones colegiales.
La elección se rige por la normativa electoral corporativa, contemplándose el voto por correo.
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